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25 de Abril de 2024

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APCJ reclamó a la Armada horas suplementarias y gastos de comida no abonados

15 de Octubre de 2020

Los reclamos fueron realizados en la mayoría de los casos durante el año 2018 y transcurridos más de 2 años “no ha merecido aún respuesta escrita”, destacaron desde la entidad de Alberdi 153.

APCJ reclamó a la Armada horas suplementarias y gastos de comida no abonados

A través de una nota dirigida al jefe del Departamento de Personal Civil capitán de navio Marcelo Uberti representantes gremiales de la Asociación Personal Civil Jerárquico de la Armada Argentina (APCJ), consultaron sobre el estado actual de los reclamos vinculados con horas trabajadas en más, correspondiente al periodo junio 2017 a diciembre 2017.

“Motivan la presente las reiteradas consultas por parte de los afiliados y la profunda preocupación que generan no solo la falta de pago, sino también la demora en la respuesta a los legítimos reclamos de los agentes en cuestión”, expusieron desde la entidad de Alberdi 153.

Los reclamos fueron realizados en la mayoría de los casos durante el año 2018 y transcurridos más de 2 años “no ha merecido aun respuesta escrita de parte de la Armada Argentina”.

Los planteos están relacionados con las horas trabajadas en más entre junio 2017 y diciembre 2017.

Desde APCJ expusieron que los reclamos si bien son todos generalizados en función del pago de horas trabajadas en más podemos efectuar el siguiente fraccionamiento si el tema a resolver fuese el Compensador:

1. HHS JUBILADOS SIN COMPENSADOR (Personal que desde 2018 a la fecha se jubiló)

2. HHS JUBILADOS CON COMPENSADOR (Personal que desde 2018 a la fecha se jubiló)

3. HHS Niveles 6,7,8 SIN COMPENSADOR (Personal que laboró 1 hora en mas)

4. HHS Ex Superiores/Supervisores CON COMPENSADOR que no percibían Código Nivelador.

5. HHS Ex Superiores /Supervisores SIN COMPENSADOR que percibían Código Nivelador.

“En dicho orden de ideas consideramos necesario expresar que en principio los casos 1); 3) y 5) (casos sin compensador), no deberían contener duda alguna sobre el pleno pago de las sumas reclamadas y verificadas oportunamente por los destinos al elevar los correspondientes registros horarios, sin perjuicio de que consideramos que son legítimos y acertados todos los reclamos enunciados precedentemente”, indicaron.

Sobre la supuesta vinculación contable del pago del compensador con los reclamos, sostuvieron que “verbalmente se conversó sobre la situación del personal que cobra/cobraba – activos/jubilados que perciben/percibían Compensador en relación a si dicha suma estaba directamente vinculada con el reclamo en función de la oportuna conformación de la remuneración (reencasillamiento)”.

“A la fecha nuestra asociación no ha tenido acceso a una explicación escrita técnica y contablemente demostrativa de la situación, razón por la cual solicitamos dicha información para definir la situación de cada caso concreto”, insistieron.

Con relación a la situación fáctica – derechos adquiridos (francos compensatorios), indicaron que “sin lugar a dudas los agentes - independientemente de los procedimientos contables que pudieren haberse realizado al momento del reencasillamiento- han acreditado mayor horario de trabajo, considerando que han adquirido un derecho al amparo aun cuando la norma anterior haya sido derogada. Es decir que aquellos trabajadores que adquirieron determinado beneficio con la norma derogada, tendrán derechos a conservarlos (respeto a los derechos adquiridos – teoría de la incorporación)”.

“En el supuesto caso que al agente con compensador no procediera el pago de las horas laboradas en mas (esta situación no ha sido demostrada aún), como las mismas fueron efectivizadas, consideramos deberían compensárseles con francos compensatorios programados (personal en actividad)”, acotaron.

Luego señalaron que “en lo que respecta a gastos de comida, esta demanda se ha producido el pago de dichos gastos a un reducido grupo de agentes como reconocimiento, pero no de las HHS vinculados con dicha compensación”.

“Dejamos constancia por la presente que en oportunidad de realizarse una audiencia entre nuestra asociación y esa Jefatura (octubre 2019 en sede de la JEMA) y (febrero 2020 en sede del HOPU) se planteó la demora en relación a la resolución y/o legitimo abono de estas sumas dinerarias que conformaron la remuneración de los trabajadores civiles de la Armada Argentina”, mencionaron.

Por último, la nota que firmaron los secretarios general y de asuntos laborales, Santiago Del Collado y José Antonio Puliafito, señala que “si bien comprendemos lo arduo y minucioso de la tarea detallada que puede significar el cotejo de la información y la liquidación personalizada de este tipo de reclamos, entendemos que el tiempo transcurrido -más de 2 años- ha sido suficiente para brindar respuestas y se proceda al pago”.

Los detalles de esta nota y otros temas como novedades en APCJ Salud y la actividad laboral del personal civil en pandemia, fueron abordados en el programa Punta Noticias Radio (lunes, martes y jueves de 7 a 9hs. y sábados de 8 a 11hs. por 97.5MHz) en comunicación telefónica con el dirigente Santiago Del Collado y se puede escuchar arriba.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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