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29 de Marzo de 2024

PROVINCIALES

Chaco: habilitan eventos hasta 100 personas al aire libre

4 de Diciembre de 2020

La ansiada medida llegó luego de casi 9 meses de confinamiento. Supone, además, un alivio para los sectores que se veían afectados por las consecuencias que acarreó la pandemia del coronavirus, sobre todo en un mes festivo donde las compras y las reuniones familiares son las prioridades.

Chaco: habilitan eventos hasta 100 personas al aire libre

El Decreto Provincial N° 1706/2020, anunciado por el gobernador Jorge Capitanich, dispuso la habilitación de nuevas actividades en el territorio provincial. Se trata de la realización de eventos culturales, recreativos, musicales, actos de colación de grado, reuniones empresariales, sociales y familiares. La misma rige en el marco del Distanciamiento Preventivo de Carácter Obligatorio (DISPO).

La ansiada medida llegó luego de casi 9 meses de confinamiento. Supone, además, un alivio para los sectores que se veían afectados por las consecuencias que acarreó la pandemia del coronavirus, sobre todo en un mes festivo donde las compras y las reuniones familiares son las prioridades.

El decreto consigna que los mismos serán realizados al aire libre o en espacios abiertos, con hasta 100 personas. En el caso de que se realicen en espacios cerrados, incluyendo los domicilios particulares, el máximo permitido es de 20 personas. El documento aclara que, por el momento, las recepciones estudiantiles no se encuentran habilitadas.

Asimismo, fueron habilitados los establecimientos para realizar estas actividades y se incluye a los rubros conexos necesarios para el desarrollo de las mismas, como proveedores de catering o gastronomía, mozos, seguridad, equipamiento y servicios de logística y transporte.

Cabe destacar que sólo podrán desarrollarse los eventos que cuenten con el registro en la plataforma Tu Gobierno Digital.

 Medidas generales:

1- Control y modalidades de ingreso de las personas con uso de barbijo obligatorio y control de temperatura de concurrentes.

2- Implementación de restricciones, horarios o eventos especiales para personas en grupos de riesgo o adultos mayores de 60 años.

3- Control estricto del cumplimiento de medidas sanitarias de prevención, con medidas obligatorias y recomendaciones aplicables a participantes del evento, organizadores, propietarios del inmueble donde se desarrollen, personal de servicio, mantenimiento y desinfección de espacios y elementos de uso, instrumentos y sectores comunes.

4- Todos los establecimientos deberán incorporar cartelería en el ingreso al salón o local conteniendo información sobre las medidas de distanciamiento social, la adecuada higiene de mano y la apropiada higiene respiratoria.

5- Asegurar la no permanencia en el establecimiento fuera del horario establecido para la actividad, así como las reuniones grupales entre los participantes.

6- Efectuar con personal idóneo capacitaciones específicas en materia de bioseguridad.

7- Designación de responsables para coordinar el registro de asistentes, entrega de DDJJ de datos, verificación de cumplimiento de medidas.

8- Disposición de mesas y sillas: deberá garantizarse que el respaldo de silla a silla de una mesa a otra sea igual o superior a dos metros. En caso de ser menor, se deberá colocar entre ellas barreras físicas de plástico, vidrio o acrílico. La ocupación de las mesas no podrá ser mayor al 50% de su capacidad habitual.

9- Se sugiere la realización de eventos en lugares abiertos con superficie amplia como canchas de básquet, estacionamientos, playones, patios y terrazas de establecimientos, espacios públicos habilitados a tal fin, entre otros. Las superficies amplias permitirán garantizar el distanciamiento de personas.

10- Se limitará la concurrencia o capacidad en las áreas para favorecer el distanciamiento social, implementándose varias entradas y salidas, evitando la aglomeración de personas en salas o áreas de espera, incorporando indicadores visuales que ordenen los espacios habilitados y su ocupación.

11- La cantidad de asistentes permitidos será determinada por la superficie disponible: hasta el 50% de la capacidad del local; en una primera etapa, no se permitirán eventos de más de 100 personas al aire libre y más de 20 personas en espacios cerrados.

12- La distancia entre asistentes deberá ser como mínimo de 2 metros a fin de cumplimentar dicha medida, se deberá demarcar el suelo con burbujas sociales, sillas o butacas distanciadas, estructuras de división de espacios y/o cualquier otra estructura superadora, siempre que se garantice la accesibilidad a personas con discapacidad.

13- Las personas que asistan a los eventos, deberán permanecer preferentemente en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía. Será obligatorio el uso de tapabocas el cual solo podrá ser quitado en el caso de consumir alimentos o bebidas.

14- Los eventos, salvo aquellos habilitados especialmente, tendrán una extensión horaria máxima de tres horas, independientemente de los tiempos de armado, preproducción y desarme. En caso de contemplar en una misma jornada, más de un evento, el plazo entre los mismos debe ser de dos horas.

15- No se encuentran incluidos en esta etapa la realización de recepciones estudiantiles, las que se habilitarían en una etapa posterior.

Cabe resaltar que el Ministerio de Salud Pública de la provincia podrá disponer medidas complementarias, reglamentarias y/o aclaratorias que fueran pertinentes a las medidas presentemente dispuestas.

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Diario Chaco

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