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12 de Diciembre de 2024

POLÍTICA

Propusieron crear el protocolo de actuación ante situaciones de violencia de género en el Municipio

17 de Noviembre de 2024

“Es imprescindible reconocer que la violencia de género no es una enfermedad, ni un asunto particular ni privado de las mujeres, es una manifestación cultural creciente de la desigualdad social y el Estado debe erradicarla a través de herramientas y normativa específica”, expresaron desde el bloque UCR del Concejo Deliberante.

Propusieron crear el protocolo de actuación ante situaciones de violencia de género en el Municipio

El bloque UCR presentó en el HCD un proyecto de ordenanza que contempla crear el “Protocolo de actuación ante situaciones de violencia de género en el ámbito de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales”.

La propuesta, girada a la Comisión de Género, Diversidad e Igualdad presidida por la concejala Stella Castillo (UxP), se fundamentó en “la necesidad de contar con una herramienta específica de abordaje y actuación en los casos de violencia de género que puedan tener lugar en el ámbito de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales”.

Los ediles radicales, Liliana Taboada y Néstor Martínez expusieron que “existe una amplio marco normativo que protege el derecho de las mujeres frente a distintos tipos de violencias, a nivel internacional: la Comisión Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (ratificada por Ley 24.632), la Convención sobre todas las formas  de Discriminación contra la mujer (Naciones Unidas 1979, ratificada por Ley 23.179 B.O. 03/06/1985, incorporada a la Constitución Nacional por Art 75, Inc 22), a nivel nacional: la Ley 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia  contra las mujeres en ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la Ley Nacional 25.673 de creación del Programa Nacional de Educación Sexual y Procreación responsable, la Ley Nacional 25.929 de Parto Humanizado, la Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral, la Ley Nacional 26.364 contra la trata de personas, la Ley Nacional 26.743 de Identidad de Género,  la Ley Nacional 26.061 de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes y en el plano provincial: la Ley 12.569 de Violencia Familiar”.

“En toda gestión de gobierno democrático se trabaja para garantizar el pleno ejercicio de los derechos  por parte de ciudadanos del Distrito”, acotaron.

Que en tal sentido, también consideraron que “es de aplicación en las políticas específicas en materia de Recursos Humanos, diseñando y ejecutando acciones afirmativas, tendientes a equiparar en derechos a personas en los distintos ámbitos de su desarrollo, y a prevenir y a asistir de manera específica las situaciones de violencia por razones de género”.

“En nuestra sociedad son muchas las mujeres que sufren distintos tipos de violencia -física, psicológica, reproductiva, económica, simbólica, sexual, patrimonial, laboral, en los medios de comunicación-  que suceden en ámbitos familiares, institucionales, laborales o mediáticos y que desde hace algunos años en la Argentina, las cifras se han multiplicado exponencialmente”, indicaron.

Desde la bancada radical indicaron que “la violencia de género afecta, en particular y de manera específica, a las mujeres en todos los planos de vida y en el marco de una sociedad con patrones de desigualdad de género estructurales” y que “el presente proyecto tiene como objetivo desandar el camino de la invisibilización social de esta problemática”.

“Es imprescindible reconocer que la violencia de género no es una enfermedad, ni un asunto particular ni privado de las mujeres, es una manifestación cultural creciente de la desigualdad social y el Estado debe erradicarla a través de herramientas y normativa específica”, insistieron.

Luego recordaron el “Articulo 28 del Convenio Colectivo de Trabajo, inc. 10).- Licencia por razones derivadas de casos de violencia de género: En los casos en que el trabajador o trabajadora sea víctima de violencia de género y por tal motivo deba ausentarse de su puesto de trabajo, su inasistencia sea total o parcial, estará justificada. A los efectos de acreditar tal situación deberá acompañar la certificación emitida por los servicios de atención y asistencia a las víctimas de violencia de género, o denuncia radicada ante Comisaría de la Mujer”.

“Incluir la violencia de género como causal suficiente para la solicitud de una licencia especial garantiza el derecho de las mujeres en situación de violencia, a su protección contra el estado de riesgo y a la contención y acompañamiento necesario ante el daño producido por el agresor”, remarcaron.

A su vez, mencionaron el artículo 49: del convenio Artículo 49 inc. h).- Obligaciones del empleador, que expresa “sin menoscabo de las obligaciones emergentes de las cláusulas del presente convenio, son obligaciones del empleador: h) Velar por el buen clima de trabajo absteniéndose y/o haciendo cesar cualquier hecho de discriminación, violencia y/o acosos de cualquier índole mediante el uso de cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia”.

“El Municipio debe brindar contención necesaria a sus trabajadoras y parte de la contención implica legitimar en materia laboral el derecho a goce de una licencia que permita a quienes se vean afectadas, garantizar de manera rápida la justificación de su inasistencia, al mismo tiempo que habilitar la intervención del organismo municipal y/o provincial que atienda, acompañe y contenga a la mujer  en situación de violencia”, expresaron.

Por último, agregaron que el pasado  5 de noviembre se llevó a cabo el encuentro presencial de la capacitación de Ley Micaela en el Concejo Deliberante donde “se recomendó a los ediles trabajar en un protocolo de actuación”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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