PUNTA ALTA
25 de Abril de 2024

INTERÉS

La CEPA convocó a Asamblea General Ordinaria de Delegados

7 de Octubre de 2019

Será próximo día 25 de a las 17hs. en el Salón de la Biblioteca Juan B. Alberdi, sito en Rivadavia 353.

CEPA

La Cooperativa Eléctrica de Punta Alta convocó a los Delegados de Distrito que serán electos en las Asambleas del día 17 de Octubre de 2019; a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el próximo día 25 de octubre a las 17hs. en el Salón de la Biblioteca Juan B. Alberdi, sito en Rivadavia 353.

De acuerdo al orden del día, se designarán 2 Delegados presentes en la Asamblea, para que conjuntamente con el Presidente y el Secretario aprueben y firmen el acta de la Asamblea.

También, se dará “lectura y consideración de la Memoria, Estado de Situación Patrimonial, Estados de Resultados y Evolución del Patrimonio Neto, Flujo de Efectivo, Notas y Anexos a los Estados Contables, Informes del Síndico y del Auditor Externo, y destino del Resultado correspondiente al Ejercicio Económico Nº 92, cerrado el 30 de junio de 2019”.

Además, se designarán “2 Delegados presentes en la Asamblea, para recibir y escrutar los votos y se elegirán 9 Consejeros Titulares, por 2 años en reemplazo de: Muscardin Silverio, Fund Carlos A., Spina Susana, Navarro Pedro, Pino Hortencia, Negro Néstor, Bigoni Gustavo, Zapata Jorge, Aranda Gustavo”.

A su vez, se procederá a la elección de “6 Consejeros Suplentes por el término de 1 año en reemplazo de Benavente Oscar, Benvenutti Mario, Borghero Pedro, Guevara Oscar, Piantanida Mario, Stell Diego” y a la designación de “Síndicos: a) Elección de 1 Síndico Titular por 1 año en reemplazo de Feran Fabián - b) Elección de 1 Síndico Suplente por 1 año en reemplazo de  Fernández Daniel”.

La Asamblea se celebrará, sea cual fuere el número de Delegados presentes, una hora después de la fijada en la Convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los Delegados. (Ley 20.337 art. 49).

Los Delegados serán identificados para hacer uso del derecho a votar, mediante una credencial otorgada al momento de firmar el registro de asistencia. (Artículo 40 del Estatuto de la Cooperativa).

 

 

 

 

 

 

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